¿Por cuál ley, me conviene mejor pensionarme?

1.- ¿Entre las leyes de 1973 y 1997 del IMSS, que diferencias tienen?

Los requisitos para tener derecho a una pensión

A) La fórmula como se calculan las pensiones

B) Los beneficios que otorga cada ley.

2.- ¿Quiénes tienen derecho a elegir el régimen de pensiones de las leyes de 1973 y 1997?

Los asegurados que hayan estado inscritos en el IMSS antes de Julio de 1997 y se pensionen durante la vigencia de la ley actual.

3.- ¿Por cuál ley, me conviene mejor pensionarme?

Generalmente por la ley de 1973, porque ella solo incluye el salario promedio y numero de semanas cotizadas. En la ley de 1997 (afores) se incluye además el monto de las aportaciones y como es casi nueva, normalmente las aportaciones son todavía mínimas y agregue la fuerte crisis mundial de este año que ha tenido como consecuencia la disminución de los rendimientos.

4.- ¿El IMSS me entregará mi pensión en base al último salario que estaba percibiendo?

La base, es el promedio de las últimas 250 semanas cotizadas, 4.8 años, pero es uno de los tres factores que debemos tener en cuenta.

5.- ¿Pensionarme a los 60 o 65 años? ¿Qué me beneficiaria mejor?

Depende de tu situación personal, si a los 60 años traes una buena pensión te convendría hacerlo, a pesar de recibir solo el 75%; primero, porque no hay garantía que vivirás a los 65 o más años. Segundo, dejarías de recibir 13 mensualidades por año (Hay que contar un mes de aguinaldo) en total hasta los 65 años, serian 65 mensualidades sin cobrarlas y disfrutarlas. Tercero, la inversión de seguir cotizando de los 60 a los 65 años.

6.- ¿Al pensionarme, si estoy pagado un crédito del infonavit en qué casos se cancela?

Solo si la pensión es de invalidez definitiva, incapacidad permanente total o cuando ocurra la muerte del titular de crédito.

7.- ¿Qué es la afore o cuenta individual?

Es la cuenta donde se deposita las cuotas del seguro del retiro, cesantía y vejez y se integra por varias subcuentas; S.A.R. 92, RCV, vivienda 92-97,1997 y cuota social, también aportaciones voluntarias.

8.- ¿Puedo retirar recursos de mi afore?

Si, para cubrir gastos de matrimonio, el equivalente a 30 días de salario mínimo.

a) Si estas desempleado, dispondrías del 10% del saldo de tu subcuenta de retiro, cesantía y vejez, pero ojo, cualquier retiro tiene como consecuencia una disminución de tus semanas cotizadas y si te pensionas por la ley de 1973 te harían falta.

9.- ¿Qué dinero me regresa la afore donde me encuentre, cuando tenga mi resolución de pensión, ya sea de cesantía?

Si se pensiono con el régimen 1973, rescatara lo que tenga en los conceptos retiro 1997 (2%), S.A.R-IMSS 1992 y S.A.R-infonavit 1992, si no lo uso. La partida del infonavit 1997 se pierde, la utiliza el IMSS para financiar su pensión sin embargo, se puede demandar para recuperarla. SI se pensionó con el régimen 1997 recupera el S.A.R e infonavit 1992.

10.- ¿Por qué me conviene saber qué cantidad de pensión me corresponde, antes de iniciar mi trámite de pensión en el IMSS?

Si hay un error involuntario de parte del IMSS al calcular su pensión, es dinero que dejará de recibir para el resto de su vida.

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